Hola:
Escribo desde la paradójica situación de que parte
de mis ingresos provienen del cobro de derechos de autor, y de que poseo
ingentes cantidades de CDs y cintas de vídeo copias (y unos cuantos libros
fotocopiados).
Los derechos de autor no son una cosa individual
que se cobre, si no que son un entramado bastante complejo de elementos,
cada uno sujeto a sus normas, beneficios y excepciones. Básicamente son dos
grupos:
- Derechos Morales: son
un grupo de derechos inalienables e innegociables (y que no generan ningún
beneficio económico):
-relativos a la divulgación de la obra, que garantizan al
autor sobre la forma que a de tener la obra a la hora de ser divulgada: si será
o no divulgada, bajo que formato, y el reconocimiento de autoría (con el
propio nombre, seudónimo o anonimante)
-relativos a la integridad de la obra, o sea a su contenido:
no se podrá cambiar sin autorización del autor, e incluso este podrá retirarla
de distribución por algún cambio en sus convicciones morales o
estéticas...
- Derechos de
Explotación:aquí está el tomate; estos son los que generan dinero, los que
son transmisibles y negociables (no todos):
- Derecho de reproducción: hacer
copias de la obra para, evidentemente, su comercialización.
- Derecho de distribución: poner
a disposición del público las copias de la obra.
- Derecho de comunicación
pública: (aplicable especialmente a las obras audiovisuales y musicales)
consiste en poner la obra a disposición de una pluralidada de personas, sin
distribución de copias individuales (o sea, por la tele, la radio, el cine,
internet...)
- Derecho de transformación:
traducción, adaptación o transformación de una obra que la convierta en otra
diferente (esto va desde el doblaje hasta la adaptación de una novela en guión y
este en película)
- Derecho de colección:
básicamente, de incluir la obra en una "colección" seriada (o un capítulo de una
serie)
- Derechos especiales de
remuneración: todos los anteriores son negociables a cambio de dinero,
porcentajes, etc... en cualquier combinación entre el autor y los productores...
Este subgrupo vuelve a ser inalienable e intransferible... y se refiere a los
"derechos de autor" que pagan las teles, radios, bares, fotocopiadoras por la
reproducción ("de copia privada") y exhibición pública ("de comunicación
pública") de las obras, y que gestionan las diferentes sociedades de gestión de
derechos (SGAE, ALMA, AISGE, FAPAE, etc...). Sobre la lógica de esto hay mucho
escrito, sobre si es justo o no y sobre la base en la que se cimentan...
Personalmente pienso que da acceso a los autores a una participación en el
beneficio que sacan los emisores y distribuidores sobre su obra... Recordemos
que el importe de esos derechos está en función del volumen de la difusión.
Básicamente: si lo ve mucha gente, da más dinero...
Bien, pues sobre este pequeño rollito, los
legisladores, productores y autores siguen discutiendo, modificando la ley y
enzarzándose en pleitos y debates tremendos...
Espero que, como toda información útil, esto no os
haya aclarado nada y os haya sembrado la cabeza de mayores dudas e
incertidumbres.
Un abrazo:
Eligio |