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El Jue 27 Mar 2003 15:26, Javier Herrera Llorente escribió:
y una vez leido lo que dice la resolucion parece que no, que ellos son
especiales... pais
A mi lo que me interesa es el artículo 18:
Artículo 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de
religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de
creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia,
individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la
enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
En definitiva, la ICAR está vulnerando el derecho humano a la libertad de
cambiar de religión o creencia.
La ICAR tiene que darme de baja en su religión les guste o no.
Javier Herrera Llorente wrote:
Segun dice la Ley 7/1980 de Libertad Religiosa en (articulo 5.1) tiene
que estar en el registro de entidades religiosas para ser reconocida
Julius Tanatos wrote:
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Sigo liado con la ICAR.
¿Alguien sabe si la ICAR está registrada como asociación religiosa o
parecido?
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Salu2 de Julius
Linux User #302117
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