[Date Prev][Date Next][Thread Prev][Thread Next][Date Index][Thread Index]

RE: [escepticos] Re: Conspiranoicos



Bueno, en los estados de Excepción y Sitio se prevé la posibilidad de
suspender el ejercicio de determinados derechos constitucionales. Lo que no
recuerdo es si se contempla también la posible suspensión del derecho de
sufragio (escribo de memoria, y no es mi punto fuerte, ni mucho menos).

Saludetes.



> -----Mensaje original-----
> De: owner-escepticos en dis.ulpgc.es
> [mailto:owner-escepticos en dis.ulpgc.es]En nombre de Pedrete
> Enviado el: martes, 16 de marzo de 2004 22:54
> Para: escepticos en dis.ulpgc.es
> Asunto: Re: [escepticos] Re: Conspiranoicos
>
>
> Yamato escribió:
>
> > Por otra parte, no conozco ningún procedimiento que permitiera
> aplazar unas
> > elecciones generales, salvo el Estado de Excepción o el de Sitio. Hace
> > tiempo que no repaso la Ley de Régimen Electoral, pero creo que
> no dispone
> > absolutamente nada al respecto.
>
> Bueno, en realidad esto tampoco es exacto. Lo que prohíbe la
> Constitución en los 3 estados (excepción, sitio, y alarma, del que no se
> ha comentado nada aquí) es la disolución de las Cortes, no la
> realización de elecciones. En este caso, las Cortes ya se habían
> disuelto, así que, salvo que la Ley Orgánica de Régimen Electoral
> General diga otra cosa (como bien comentas), las elecciones se tendrían
> que haber realizado igualmente.
>
> Un saludo,
>
> Pedrete