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Re: De los delitos y de las gaitas
Iker Jimenez wrote:
>
> NO ME VEMGAS CON GAITAS:
Te equivocas otra vez... yo no vivo más bien al Sudeste de España. Las gaitas son al
Noroeste... ;-)
No me vengas tú con gaitas ni con mayúsculas, Iker.
> SI EL CLIENTE NO DENUNCIA...COMO SE LE PUEDE METER A UN VIDENTE EN LA
> CARCEL. O QUE PAGE UNA FUERTE SUMA.
Ley de Enjuiciamiento Criminal:
Art. 101. La acción penal es pública.
Todos los españoles podrán ejercitarla con arreglo a las prescripciones de la
ley.
Art. 105. Los funcionarios del Ministerio Fiscal tendrán la obligación de ejercitar, con
arreglo a las disposiciones de la ley, todas las acciones penales que consideren
procedentes, haya o no acusador particular en las causas, menos aquellas que el Código
Penal reserva exclusivamente a la querella privada. (...)
¿Vale?
> SI EL QUE VA ESTA CONTENTO AUNQUE LE ENGAÑEN... ¿POR QUE HA DE INTERVENIR
> AHÏ LA LEY?
Porque le han engañado. Sin más.
> Y YO ME PREGUNTO...¿POR QUE NO ESTAN DETENIDOS LOS QUE SE ANUNCIAN EN
> PERIÖDICOS Y REVISTAS POR MUY CËLEBRES QUE SEAN?
Buena pregunta. ¿Conoces tú algún caso en el que la cuantía de lo estafado supere las
50.000 pts.? Entonces ya estás tardando en denunciarlo. Pero no como tu amiguete,
escribiendo un artículo sobre los estafadores "malos" y olvidándose de los "buenos", no:
en el juzgado de guardia o en comisaría.
> Para mi son tambien estafadores....pero para sus clientes no.
>
> Como actuas entonces?, como metes en vereda a un tipo que cuenta con una
> clientela satisfecha ?
Si está estafando a su clientela, sí. El tipo que compró la Torre Eiffel estaba
contentísimo con la compra. Y no digamos aquel al que le vendieron un tranvía en el
Madrid de los años 40...
> Yo no lo entiendo.
Ya, ya lo veo. En eso no te equivocas, te lo garantizo ;-)
> IJE
Saludos.
P.S.: ¿No va a hablar nadie del parto de los montes?