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[escepticos] articulo diario medico



 

Os envio un articulo aparecido en Diario Medico ayer lunes.En la primera parte hay afirmaciones que son muy discutibles ya que los tecnicos de anatomía patológica y citología no  hacen diagnosticos de anatomía patológica sino que  ayudan al medico de anatomia patologica y radiofísicos hospitalarios y técnicos superiores en imagen para el diagnóstico no  hacen diagnosticos radiologicos sino que  mantienen los aparatos de radiologia y ayudan al radiologo respectivamente.Y con otras titulaciones mencionadas lo mismo.

 

Lunes, 4/10/99

Tribuna: Joan Mir Ramonell, Asesor jurídico del Colegio de Médicos de Baleares.
Funciones médicas: despojo legislativo

El autor describe la progresiva sustracción legislativa de funciones a la profesión médica y cómo esto afecta a los pacientes y vacía el derecho a la protección de la salud.La profesión médica contempla atónita desde hace algunos años cómo progresiva e incesantemente se le están sustrayendo por otras profesiones, de nuevo cuño o antiguas, parcelas funcionales propias y, hasta ahora, exclusivas de la Medicina, no sólo a través de la simple vía fáctica sino, lo que es peor, mediante la vía normativa reflejada en el BOE y otros diarios oficiales autonómicos. De proseguir este despojo fagocitador de funciones médicas por otras profesiones auxiliares, complementarias o simplemente sanitarias e incluso parasanitarias o pseudosanitarias, la profesión se verá relegada a atender tan sólo patologías en las que nadie se atreva a adentrarse.
Hagamos un repaso sobre lo que se puede contemplar actualmente: ópticos que hacen oftalmología; psicólogos que hacen psiquiatría; psicólogos especialistas en psicología clínica que hacen psiquiatría; comadronas que hacen ginecología y obstetricia; podólogos que hacen cirugía -y no sólo menor- y dermatología; farmacéuticos que prescriben medicamentos y hacen análisis clínicos; biólogos y químicos que hacen análisis clínicos, citología, histología, consejo genético y planificación familiar; odontólogos que hacen estomatología; técnicos de radioterapia que hacen radiología. La lista no termina aquí: hay técnicos de laboratorio de diagnóstico clínico que hacen análisis clínicos; radiofísicos hospitalarios y técnicos superiores en imagen para el diagnóstico que hacen radiología; técnicos superiores en dietética y diplomados en nutrición humana y dietética que hacen endocrinología y nutrición; técnicos de anatomía patológica y citología que hacen anatomía patológica; enfermeros especialistas en obstetricia-ginecología pediatría, salud comunitaria y geriatría que hacen lo mismo; técnicos superiores en salud ambiental que hacen salud pública; fisioterapeutas que hacen rehabilitación autónomamente; higienistas bucales y protésicos dentales que hacen estomatología.

Meros ejemplos de lo mal llamado 'parasanitario'


Si nos adentramos en el terreno de lo mal llamado parasanitario, podemos encontrar lo siguiente: personas que sin título oficial alguno, o a veces amparados en titulines y diplomillas sin valor legal, realizan actos médicos bajo denominaciones de homeópata, naturópata, acupuntor, osteópata, iridólogo, dietéticos, fitoterapeuta, médico tradicional chino, naturista, terapeutas varios, hidroterapeutas, reflexoterapeutas, dietéticos, hipnólogos... Y también otras mucho menos ortodoxas, dentro de la gama de las notorias charlatanoterapias: orinoterapeutas, geoterapeutas, gemoterapeutas, aromaterapeutas, floraterapeutas de Bach, reiki...) y, por último, los que no ocultan su verdadera condición bajo denominaciones estrafalarias y sistemas ilusorios, sino que se titulan sin ambages curandero, sanador, brujo, milagrero o chamán. Y, si no fuera suficiente, ahora importamos heilpraktiker de la República Federal alemana y doctores en quiropráctica de Estados Unidos de América, titulaciones no reconocidas en España.
El Estado ha demostrado una manifiesta y completa incapacidad para dotar de legislación y normativa reglamentaria que permita controlar eficazmente este desorden e intrusión en un área tan sensible como la salud pública. Es más, el Estado ha suavizado las penas por el delito de intrusismo en el nuevo Código Penal, por lo que los intrusos campan por sus respetos sin temor a las exiguas penas de multa -por ejemplo, 200 pesetas diarias durante seis mes- que tras largos procesos penales pueden, en el mejor de los casos, llegar a imponerse, sobre todo si el intruso se ha ocupado de no tener bienes o ingresos demostrables. Sólo queda la Constitución, que se limita a proclamar el derecho a la protección de la salud, enunciado grandilocuente pero vacuo de contenido en cuanto a la protección de los ciudadanos frente a los pseudoprofesionales sanitarios. Es curioso que éstos sí han sido incluidos a efectos fiscales en un epígrafe del impuesto de actividades económicas -el Estado no se olvida de nadie a la hora de pagar tributos- titulado Profesionales relacionados con actividades parasanitarias. El prefijo para significa, según el diccionario de la RALE: junto a, al margen de o contra. ¿A qué acepción se refiere la Ley del IAE cuando dice actividades parasanitarias?