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Re: [escepticos] Aborto y Pensamiento Unico



"Miguel A. Lerma" wrote:
> 
> [Jose Alonso]
>  > Pues claro que hay paralelismo, pero por el tono en que lo enuncias no
>  > sé si lo logré explicar bien. Lo intento por otra vía: para mí un ser
>  > humano (una persona, mejor, como ya quedé con Miguel A. Lerma) reúne dos
>  > características fundamentales: Pertenecer a la especie humana y ser
>  > titular de derechos. [...]
> 
> Precisamente el concepto de "persona" que yo expuse en
> mi intervencion no estaba definido por ninguna de esas
> dos caracteristicas. La definicion (de Schick) era:
> "ser consciente, racional, automotivado, capaz de comunicar
> y consciente de si mismo".

Tienes razón, me disculpo. No pretendía implicarte en mi definición, me
refería a que cuando mencionaste en uno de tus mensajes tu preferencia
por el término "persona" al de "ser humano" me pareció bien, que yo no
lo había usado en su momento por no añadir más confusión. Claro que tú
te referías a "persona" según Schick, y en eso sí que no estamos de
acuerdo. :o((

Da la casualidad de que hoy por
> hoy no se conoce ninguna persona en el sentido de Schick que
> no sea tambien un ser humano (en el sentido biologico), pero
> se trata de conceptos logicamente distintos.

Puede ser, todo es redefinible. Pero hoy por poy, como bien dices, esa
distinción es inoperativa salvo por esto: que sí se conocen seres
humanos nacidos, vivitos y coleando, que no serían personas en el
sentido de Schick.

> En cuanto
> a ser "titular de derechos", no es algo que forme parte
> de la definicion, sino un atributo que en general estamos
> de acuerdo en otorgar a los seres personales.

Si es un atributo no solamente es necesario que forme parte de la
definición, sino que también debe participar de la esencia de la cosa
(que a tanto no me atreví yo). Spinoza decía que atributo es lo que se
conoce de la substancia como constituvo de su esencia, y para Descartes
el atributo es lo que afirmamos como inseparable de la esencia,
contraponiéndolo al modo. No tendría problema en aceptar esto, pero me
da que no es lo que querías expresar... ;o))

> Notese que
> el problema que estamos intentando resolver es determinar
> para que seres tiene sentido y objeto ser titulares de
> derechos. Si definimos "persona" como "ser titular de
> derechos" y luego decimos que "los seres titulares de
> derechos son las personas", con ello no estamos resolviendo
> el problema, solo parafraseando una definicion ad hoc.
> En particular esa definicion no tendria ningun uso practico
> en problemas tan concretos como el del aborto, que fue
> precisamente el que origino la discusion.

Cuando decimos que el hombre es un ser racional, pero al mismo tiempo
afirmamos que el único ser racional es el hombre ¿no caemos en el mismo
petito principii? Si tratas de definir una entidad única por medio de
los predicados que la acotan, es forzoso que algunos de esos predicados
únicamente puedan referirse a esa sola entidad. Schick hace exactamente
lo mismo: persona es tal, tal y tal; luego, los que reúnan tal, tal y
tal son personas. Nota que en este momento me vendría de perlas la
definición de Schick, pues para él toda persona era titular de derechos,
pero también existían titulares de derechos que no consideraba personas
(el recién nacido, creo recordar, o el que está en coma irreversible),
pero esa posibilidad la rechazo por principio.
Sinceramente no me parece relevante la objeción, máxime cuando resulta
fundamental considerar si el feto es o no titular de derechos para desde
ahí catalogar moralmente el aborto (yo sí pienso que el aborto es un
problema moral), así que ya me dirás si no tiene uso práctico la
distinción ;oD

> Tambien se menciono con mucha razon que en general estamos
> de acuerdo en otorgar "derechos" a seres que no reunen
> todas las caracteristicas de "persona"; por ejemplo aceptamos
> que los animales tienen derecho a no sufrir. Por mi parte
> me siento muy confortable atribuyendo un conjunto limitado
> de derechos a seres que participan limitadamente del concepto
> de "persona". Si un ser posee la capacidad de sufrir, en
> mi opinion tiene "derecho" a no sufrir. Asi pues, las
> personas serian titulares plenos de derechos, mientras
> que los seres que solo poseen una parte de los atributos
> personales tendrian un conjunto limitado de derechos que
> dependeria de los atributos que compartan con las personas.
 
Bueno, eso no compagina bien con esta otra frase tuya de un mensaje
anterior: "De acuerdo en que los 
"derechos" de los animales son una invencion humana (...) Cuando decimos
que un animal tiene el derecho a 
no sufrir estamos diciendo con otras palabras que nadie debe actuar de
manera que provoque sufrimiento en un animal." Con esta última frase
tuya estoy de acuerdo, con la anterior no. Pero saltándonos un momento
los animales, ¿quieres decir entonces que el recién nacido o el comatoso
irreversible (que no son personas según Schick) tienen sólo un conjunto
limitado de derechos que dependería de los atributos que compartan con
las personas de verdad? Como ya expresé anteriormente, eso me parece
demasiado duro para aceptarlo. Me temo que en este punto la discrepancia
es rotunda e insuperable.

> Creo que con ello tambien contesto a tu "propuesta de
> ampliar el concepto de persona" que hiciste en tu mensaje
> del pasado dia 16, y que aun tenia pendiente de contestar.
> Como digo, la definicion propuesta me parece poco practica
> porque es imposible de aplicar a problemas concretos.
 
Bien, pues no pasa nada, constatamos que no coincidimos y a otra cosa
mariposa. Por mi parte me conformo con haber dejado claras nuestras
respectivas posiciones, ya es algo ;-))

Venga, un saludo

José Alonso