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Re: [escepticos] Aborto y Pensamiento Unico



[Jose Alonso]
 > Pues claro que hay paralelismo, pero por el tono en que lo enuncias no
 > sé si lo logré explicar bien. Lo intento por otra vía: para mí un ser
 > humano (una persona, mejor, como ya quedé con Miguel A. Lerma) reúne dos
 > características fundamentales: Pertenecer a la especie humana y ser
 > titular de derechos. [...]

Precisamente el concepto de "persona" que yo expuse en 
mi intervencion no estaba definido por ninguna de esas 
dos caracteristicas. La definicion (de Schick) era: 
"ser consciente, racional, automotivado, capaz de comunicar 
y consciente de si mismo". Da la casualidad de que hoy por 
hoy no se conoce ninguna persona en el sentido de Schick que 
no sea tambien un ser humano (en el sentido biologico), pero 
se trata de conceptos logicamente distintos. En cuanto 
a ser "titular de derechos", no es algo que forme parte 
de la definicion, sino un atributo que en general estamos 
de acuerdo en otorgar a los seres personales. Notese que 
el problema que estamos intentando resolver es determinar 
para que seres tiene sentido y objeto ser titulares de 
derechos. Si definimos "persona" como "ser titular de 
derechos" y luego decimos que "los seres titulares de 
derechos son las personas", con ello no estamos resolviendo 
el problema, solo parafraseando una definicion ad hoc. 
En particular esa definicion no tendria ningun uso practico 
en problemas tan concretos como el del aborto, que fue 
precisamente el que origino la discusion.

Tambien se menciono con mucha razon que en general estamos 
de acuerdo en otorgar "derechos" a seres que no reunen
todas las caracteristicas de "persona"; por ejemplo aceptamos 
que los animales tienen derecho a no sufrir. Por mi parte 
me siento muy confortable atribuyendo un conjunto limitado 
de derechos a seres que participan limitadamente del concepto 
de "persona". Si un ser posee la capacidad de sufrir, en 
mi opinion tiene "derecho" a no sufrir. Asi pues, las 
personas serian titulares plenos de derechos, mientras 
que los seres que solo poseen una parte de los atributos 
personales tendrian un conjunto limitado de derechos que 
dependeria de los atributos que compartan con las personas.

Creo que con ello tambien contesto a tu "propuesta de 
ampliar el concepto de persona" que hiciste en tu mensaje 
del pasado dia 16, y que aun tenia pendiente de contestar.
Como digo, la definicion propuesta me parece poco practica 
porque es imposible de aplicar a problemas concretos.


Miguel A. Lerma