Francisco Mercader escribio: >Traslado esto desde una lista de Derecho: Esta noticia aparecio en el diario medico el dia 30 de noviembre de 1999.Iba a mandarla a la lista cuando aparecio, pero al final no lo hice porque ultimamente he estado liado con un problema familiar que me ha ocupado mucho tiempo. Como muy bien dices la condena no se produce por ejercer la homeopatia,sino por ejercerla sin titulo de Licenciado en Medicina y Cirugia.Dicho delito viene tipificado en el articulo 403 del codigo penal. La posesion del titulo da "licencia para engañar" a quien lo posee.Bueno leedlo y que cada uno saque sus conclusiones. Os envio el articulo que aparecio y que comenta la sentencia y varias semanas despues en el mismo Diario Medico publicaron una carta al director con una nota de la redaccion a la misma.
Articulo aparecido el dia 30 de noviembre de 1999 en Diario Medico La Audiencia
Provincial de Mallorca hace un completo estudio de este
delito El homeópata sin
título es intruso aunque prescriba productos OTC Carlos
Gil Carta publicada el dia 10 de diciembre de 1999 en Diario Medico
Una sentencia judicial sobre un
"heilpraktiker"
En uso del derecho de
rectificacion, amparado por la ley, me dirijo a usted para que proceda a dar las
instrucciones precisas al efecto de que se realice publica correccion de la
indebida y gratuita utilizacion del termino heilpraktiker, que efectua
su periodico en la informacion titulada El homeopata sin titulo es intruso,
aunque prescriba productos OTC.
De una
lectura objetiva de dicha informacion, se deduce que un individuo fue condenado
por la Audiencia Provincial de Mallorca por atribuirse la cualidad de medico
homeopata sin tener para su ejercicio el correspondiente titulo.De lo dicho, se
desprende que el condenado no era medico, pero, sin embargo, sin comprobar
ustedes, como debieran, los hechos, le atribuyen al acusado la condicion
profesional de heilpraktiker.
Como no se puede ignorar en un medio como
este, el permiso de heilpraktiker se concede por el Departamento de
Sanidad de los diversos lands alemanes, tras superar un
examen-oposicion.Efectuadas las consultas pertinentes (que ustedes no han
efectuado), se desprende que el condenado carece de esa autorizacion concedida
por el Gobierno aleman para usar la denominacion heilpraktiker
prestando servicios.
Dado ademas que la palabra
heilpraktiker es una marca registrada por nuestro Instituo de
España, nos preocupa que en el periodico que usted dirige se haya usado
innecesariamente esa denominacion, por el desprestigio y malestar que se puede
crear entre los usuarios de nuestros servicios.
En la seguridad de que se producira la debida
correcion, este Instituto se reserva el derecho de ejercitar las acciones que
por ello le puedan competer.
Mª Antonia Saenz
Apoderada del Heilpraktiker Institut.Barcelona.
N. de la R.- (Diario Medico)
No tenemos inconveniente en
publicar esta carta, aunque a nuestro entender no se ajusta a lo dispuesto por
el derecho de rectificacion.La utilizacion del termino
heilpraktiker por DM no es gratuita ni indebida: se limita a
reflejar los hechos probados de la sentencia de la Audiencia Provincial de
Mallorca, entre los que figuran los siguientes:"Que el acusado (...)ejercia
(...) actividades propias de la profesion medica, amparada dicha actividad por
la posesion de un titulo, o mejor dicho diploma, aleman denominado
heilpraktiker.Independientemente de que dicho titulo carece de toda
validez en España, el acusado no posee titulo de licenciado en Medicina y
Cirugia".
Nuestra comunicante alude dos veces a que DM
deberia haber comprobado si el condenado poseia licitamente o no el titulo de
heilpraktiker, afirmacion que raya el absurdo: al informar de una
sentencia, ningun periodico tiene obligacion de indagar mas de lo que lo haya
hecho el juez.
Por ultimo, es completamente incomprensible por
que la informacion puede causar "desprestigio" a nadie: la condena por
ejercer actos medicos sin posesion del titulo de Licenciado en Medicina y
atribuyendose esta cualidad habria recaido igualmente si el heilpraktiker
hubiese contado con autorizacion del Gobierno aleman (extremo negado
exclusivamente por la firmante de la carta), pues este titulo- recuerda la
sentencia- "carece de toda validez en España".Senti
"malestar" o considerarse afectado eneste caso tendria tanto sentido
como que el colectivo de enfermeria sintiese herido su honor profesional por que
se difundiese una condena a un ATS que, por ejemplo, hubiese realizado una
intervencion a corazon abierto.
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