[Date Prev][Date Next][Thread Prev][Thread Next][Date Index][Thread Index]

RE: [escepticos] Laicismo en la escuela



Hola,

Eloy dijo:

> 
> La
> declaración de derechos del ciudadano data de 1789 y no está incluida 
en
> la constitución por considerarse norma superior. En esta declaración
> está perfectamente admitido el derecho a la propia imagen y la 
libertad
> de culto. Sin embargo es aún mayor la obligación del estado de
> mantenerse neutral. Esta ley no prohibe el uso de manifestaciones
> religiosas en todos los ámbitos. Esta ley se reduce exclusivamente a 
los
> colegios PUBLICOS y sólo en su interior.

Veo la necesidad de que el Estado se mantenga neutral, pero no así de 
sus ciudadanos. El alumnado de un colegio público es parte de la 
ciudadanía, y no del Estado; y como tal ciudadanía, dicho alumnado será 
reflejo de una situación social, no del propio Estado.

> 
> Todos estos 
> > derechos y libertades siempre están matizados con aquello en 
ocasiones 
> > tan etéreo de "mientras no atenten contra el orden público y la 
> > legalidad vigente".
> 
> En efecto. Y en este caso se atenta contra la legalidad vigente el uso
> del velo en colegios PUBLICOS. Si uno quiere hacer ostentación de su
> religión sólo tiene que elegir un colegio PRIVADO.

Me refería a su aplicabilidad en España. Por supuesto, si la Ley sale 
adelante, en Francia su contravención atenderá contra la legalidad. En 
España, como opinión personal, creo que requeriría de una 
interpretación muy, muy peculiar de ciertos derechos constitucionales 
que ninguno de los partidos dominantes estaría dispuesto a asumir. 
Quizá, como decías también, porque de momento al no romperse la 
costumbre más que en contadísimos casos no es necesario tampoco 
legislar.

> 
> > Y que cuando vamos a la ventanilla de Hacienda el impreso nos lo 
> > tramite un funcionario en chilaba o con un hiyab, no creo que 
atente 
> > contra el orden público, la legalidad o nos impida ningún trámite, 
> 
> Si hay una ley en contra, claro que atenta contra la legalidad 
vigente.
> Si el estado es laico no puede permitir la ostentación de una religión
> (cualquiera que esta sea) en un organismo público. Es como hacer
> publicidad en televisión sin pagar por ello.

Que el estado sea aconfesional, no quiere decir que sus ciudadanos 
tengan que serlo; ni siquiera los empleados públicos, ni que no puedan 
hacer ostentación de ello (de nuevo, opinión personal). Lo ilegal sería 
que el Estado (la 
Administración correspondiente) te atendiese de distinta forma 
dependiendo de tu confesión religiosa o de si haces o no ostentación 
de la misma, o de si la ostentación del empleado repercutiese en el 
servicio (de nuevo opinión personal).
Estado aconfesional, como el español, no es lo mismo que laico, como 
puede ser el 
francés, y mucho menos uno directamente antirreligioso o anticlerical, 
como fue el 
declarado por nuestra Constitución de la II República (que, como muchos 
sabréis, nunca se ha llegado a derogar explícitamente ;-) ).

Saludos,
Juan