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Re: [escepticos] Juicio por el videojuego "Matanza Cofrade"



Hola,

----- Mensaje original -----
De: Tenebris <gargantuario@xxxxxxxxx>
Fecha: Viernes, Septiembre 30, 2005 12:04 pm
> 
> Te pediría un favor. ¿Podrías remitirme a la referencia que mencionas?
> Me apetece echarle un vistazo y guardarla en mis documentos.
> 

Código Penal español de 1995, en su:
 SECCIÓN 2. DE LOS DELITOS CONTRA LA LIBERTAD DE CONCIENCIA, LOS SENTIMIENTOS RELIGIOSOS Y EL RESPETO A LOS DIFUNTOS.

Art. 525.
Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para 
ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, 
hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican. En las misma penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.

Y el siguiente no tiene nada que ver, pero me resulta curioso:

Art. 526. El que, faltando al respeto debido a la memoria de los muertos, violare los sepulcros o sepulturas, profanare un cadáver o sus cenizas o, con ánimo de ultraje, destruyere, alterara o dañare las urnas funerarias, panteones, lápidas o nichos, será castigado con la pena de arresto de doce a veinticuatro fines de semana y multa de tres a seis meses.

Saludos,
Juan