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Re: [escepticos] pena de muerte



Santiago Arteaga wrote:

> > Sí, pero siempre queda en este caso una posibilidad de rectificar. El
> > daño está hecho pero es reparable.
> 
>         No. Como le devuelves tu a alguien que se ha pasado cinco
> an~os entre rejas su reputacion, su novia, su trabajo?  Como le
> devuelves el tiempo perdido?  La juventud?  La educacion que no le
> dio a tus hijos?  Y si le violan en la carcel?  Y yo apostaria a
> que tampoco es facil que le compensen por los trienios que no ha
> cotizado a la Seguridad Social.
> 
>         Si, es cierto que si te condenan a cadena perpetua y al
> cabo de 20 an~os se descubre que eras inocente te pueden soltar.
> Pero llamarle a esto "reversible" tiene su mala leche.

Yo no lo llamo reversible, sino reparable. No es lo mismo. Además
siempre puedes intentar volver a empezar, pero con la pena de muerte,
no.
 
>         Ojo, que no estoy diciendo que la carcel sea lo mismo que
> la pena de muerte; me estoy metiendo con el argumento de que la
> irreversibilidad es lo que diferencia lo admisible de lo inadmisible.

Hasta el daño que te puede hacer un juicio es irreversible, sin embargo
se pueden reparar los perjuicios causados. Insisto, De la cárcel te
pueden sacar, del cementerio no.
 
>         Por cierto, hablando de la reversibilidad de la cadena
> perpetua. En algun sitio (no recuerdo donde, no fue en esta lista)
> lei que un estudio habia encontrado que *UN TERCIO* de los
> condenados a muerte eran inocentes (decidido por quien?). Este es
> un "dato" que me toco mucho las narices; estamos dispuestos a
> creernos que un tercio de los condenados a cadena perpetua son
> encontrados inocentes?  Se deduce que los jurados condenan a muerte
> con menos cuidado que a cadena perpetua?  Son preguntas retoricas
> que no vienen a cuento de nada, es que me acabo de acordar.

Yo había oído que la quinta parte, pero eso es igual. El caso es que si
se demuestra que un condenado es inocente, mediante la pena de muerte no
se puede hacer nada.
 
> > Además, desde pequeñito siempre he
> > oído que el objetivo de la justicia no es el castigo sino lograr la
> > reinserción del delincuente.
> 
>         Pero volviendo a lo que ibamos (o a lo que iba yo), este es
> un argumento "personacentrico". Un defensor de la pena de muerte
> responderia con el correspondiente argumento "sociocentrico",
> diciendo que no, que el objetivo de la justicia es evitar la
> criminalidad.

¿En qué país occidental se define con ese objetivo exclusivamente la
justicia? 
 
>         Un abrazo,
> 
>         Santi

Un saludete.
-- 
Julio Negueruela
mailto:julio.negueruela en si.unirioja.es