Hello Miguel,
Tuesday, December 13, 2005, 5:39:20 PM, you wrote:
MME> Por cierto, al hilo de esto cabe señalar que los factores de ese
MME> Pacto y similares entendieron tal derecho de libre determinación como
MME> algo aplicable a las situaciones de descolonización, y
MME> específicamente excluyeron su empleo para fragmentar ningún Estado
MME> constituido miembro de la ONU o amparar ningún movimiento
MME> secesionista. Esto se ha reiterado constantemente a través de los
MME> años...
¿Dónde está eso? El comentario lo he visto en varias ocasiones, y
hasta creo haber leído algún texto oficial al respecto, pero no
encuentro la referencia.
En cualquier caso:
1) Que lo hubieran redactado bien y completito. Según con qué cosas no
se debe frivolizar.
2) La interpretación, para ser válida, ha de ser hecha por un órgano
cuando menos del mismo peso. No me consta que haya algo así, aunque no
digo que exista.
¿Tienes alguna referencia?
Saludos
JM