[Date Prev][Date Next][Thread Prev][Thread Next][Date Index][Thread Index]

Re: Re[2]: [escepticos] valor del sexo



El Martes 23 Mayo 2006 13:34, pik escribió:
> Reitero, ¿A quién beneficia que la ley sólo se aplique a los hombres?
> A nadie, salvo a los demagogos que ganan votos a costa de la histerias
> colectivas. Lo único que pido es que si mi mujer (o mi novio) me
> agrede la ley me ampare igual que le ampararía a ella, no pido que la
> ley le ampare menos a ella. Es decir que se legisle en base a
> pricincipio racionales y no de cara a la galeria.

Bueno, supongo que es un problema "político" que atiende la "alarma social".

Evidentemente queremos que la ley ampare por igual a todos.

En principio a nadie se le ocurriría llamar a los GEO cada vez que se oye una 
discusión de la pareja en la casa de al lado. Pero ha sido tanta y tan grave 
la magnitud de la "violencia doméstica" que, como casi siempre la genera el 
varón (hechos*), es lógico -temporalmente- que la ley favorezca la 
intervención policial cuando al que se oye es al hombre.

Vamos, a mi me parece lógico. Supongo que soy parte de esa alarma social.

Sl2

	Paco


*Hechos: Según datos del Consejo General del Poder Judicial, en 2004 se 
registraron 91 casos de violencia doméstica en los que murieron 100 personas, 
84 mujeres (nueve menores de edad) y 16 varones (entre ellos, seis menores). 
En 85 de esos 91 casos, el agresor era hombre (93,4%); en otros cinco casos, 
la agresora era mujer; en un caso están imputados un hombre y una mujer. La 
proporción se inclina hacia el lado femenino: el 16 % de las víctimas fueron 
hombres, según estas cifras. Además, de esas 100 muertes, 72 se produjeron en 
el ámbito de la pareja: 69 mujeres murieron a manos de sus maridos, novios, 
compañeros o ex compañeros; las otras tres víctimas eran varones.


PD: Por cierto, hablamos exactamente de esto:

http://www.guardiacivil.org/mujer/domestic.jsp

La violencia en el ámbito familiar comprende:

    * La violencia física, considerando esta como cualquier acción no 
accidental que provoque o pueda provocarte daño físico, enfermedad o riesgo 
de padecerla,
    * La violencia psíquica, considerando como tal los actos, conductas o 
exposición a situaciones que agredan o puedan agredir, alteren o puedan 
alterar el contexto afectivo necesario para tu desarrollo psicológico normal, 
tales como rechazos, insultos, amenazas, humillaciones, aislamiento.
    * La violencia sexual, como toda actividad dirigida a la ejecución de 
actos sexuales en contra de tu voluntad, dolorosos o humillantes o abusando 
del poder, autoridad, con engaño o por desconocimiento en el caso de los 
menores.
    * La violencia económica, como la desigualdad en el acceso a los recursos 
económicos que deben ser compartidos, al derecho de propiedad, a la educación 
y a un puesto de trabajo, derechos reconocidos en la Constitución.
    * La corrupción, como conductas desviadas, antisociales o desadaptadas que 
impiden tu integración social (inducción a la delincuencia, explotación 
sexual....).
    * La explotación laboral y mendicidad, son situaciones en las que mediante 
abuso de poder o por fuerza y con violencia un miembro de la familia te 
obliga a la practica continuada de trabajos o actividades que o bien 
interfieren en tu normal desarrollo o exceden de los limites de lo 
considerado normal en función de la edad, sexo, formación, o que se 
consideran humillantes o antisociales.