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Re: [escepticos] Re: valor del sexo



Hello Jose-Luis,

Friday, May 26, 2006, 1:41:32 AM, you wrote:

JLM> Jmbello, mientras escribía esto ha llegado otra respuesta tuya, pero lo
JLM> dejo tal cual porque sirve para ambas:

JLM> Buen intento, pero eso no puede cambiar el hecho de que la ley de
JLM> marras se refiere a varones.

Pues me temo que no, y lo veremos.

JLM> Es cierto, como hábilmente has mostrado,
JLM> que en ocasiones el lenguaje jurídico, siempre anticuado, emplea el
JLM> género masculino para referirse al sexo masculino y femenino (de ahí
JLM> precisamente la necesidad de distinguir entre sexo y género, pero en
JLM> fin). Lo correcto hubiera sido emplear en el art. 122 la variante
JLM> 'quien' pues es lo mismo que 'el que/la que' pero sin marca específica
JLM> de género.

No es "en ocasiones", sino de forma habitual. Y en asuntos bien
graves, como el asesinato. No es que se les haya colado: es que lo
dicen así con toda naturalidad, sea correcto o incorrecto. Por
ejemplo:

Art. 17:
2. La proposición existe cuando *el que* ha resuelto cometer
un delito invita a otra u otras personas a ejecutarlo.

Art. 20:
1º. *El que* al tiempo de cometer la infracción penal, a causa de cualquier
anomalía o alteración psíquica, no pueda comprender la ilicitud del hecho o
actuar conforme a esa comprensión.
2º. *El que* al tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de
intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas,
estupefacientes, sustancias psicotrópicas (...)
(empiezan de igual forma por "el que" los apartados 3, 4, 5, 6 y 7)

Artículo 24
1. A los efectos penales se reputará autoridad *al que* por sí solo o como
miembro de alguna corporación, tribunal u órgano colegiado tenga mando o
ejerza jurisdicción propia. (...)
2. Se considerará funcionario público todo *el que* por disposición inmediata
de la Ley o por elección o por nombramiento de autoridad competente
participe en el ejercicio de funciones públicas.

Artículo 28
(...)
También serán considerados autores:
a) *Los que* inducen directamente a otro u otros a ejecutarlo.
b) *Los que* cooperan a su ejecución con un acto sin el cual no se habría
efectuado.

Artículo 31
*El que* actúe como administrador de hecho o de derecho de una persona
jurídica (...)

Etcétera.

Como cualquiera que lo aborde sin prejuicios puede comprobar, "el que"
se usa en lenguaje jurídico de forma reiterada para referirse a
cualquier persona, sea del sexo que sea.

Por lo cual, de intento, nada de nada. Pura expresión de la realidad,
aunque ésta no se ajuste a tus esquemas.

Lo del intento no es más que un proceso de intención, una intención
que, para colmo, te inventas sin base alguna. ¿Por qué piensas siempre
que quien discrepa de ti esconde alguna intención aviesa? Antes todos
los parlamentarios son unos cínicos que, en contra de lo que piensan,
votan lo que votan por censurables motivos electoralistas. ¿No habrá
ni siquiera uno que vote en conciencia porque entiende que es bueno lo
que se vota? Ahora yo digo que el masculino, en castellano, se emplea
de forma genérica (de género humano, como cuando se habla del "origen
del hombre"), y resulta que es un intento mío de no sé qué. No sé si
te das cuenta, pero resulta no sólo molesto, sino incluso grosero.
Piensa que, con el mismo fundamento, yo podría decirte que dices lo
que dices porque temes perder los históricos privilegios del varón
sobre la mujer. Con el mismo fundamento: con ninguno.

JLM> El uso del masculino como género no marcado es más frecuente en español
JLM> actual en plural, de manera que normalmente 'el estudiante' se refiere
JLM> a un varón y 'los estudiantes' se refiere tanto a un grupo de varones
JLM> como a un grupo mixto; en ocasiones, sin embargo, 'el estudiante' se
JLM> puede usar indiferentemente del sexo; ese es el caso de 'el que' que
JLM> has señalado en el art. 122.

En ocasiones no: siempre que se quiera usar así. Gramaticalmente es
perfectamente correcto. Otra cosa es que pueda resultar mal visto en
ciertos ambientes por eso de lo políticamente correcto.

JLM> Ello aparentemente debilita el argumento de Yamato, pero sólo
JLM> aparentemente. Admitamos (porque no hay más remedio) que puede haber
JLM> dos razones para usar la secuencia 'el que': (a) que nos refiramos a un
JLM> varón y (b) que nos refiramos a 'alguien' del sexo que sea.

No es que "pueda haber": es que las hay, y se hace habitualmente,
tanto en lenguaje coloquial como jurídico.

JLM> Yo apuesto por que el texto de la ley que estamos discutiendo opta por
JLM> la opción (a). La razón estriba en el texto que transcribía Yamato, y
JLM> que repito:

JLM> "actuar contra la violencia que, como manifestación de la 
JLM> discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder
JLM> de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de
JLM> quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan
JLM> estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin
JLM> convivencia".
JLM> Ahí queda explícito que se habla en el contexto de 'las relaciones de
JLM> poder de los hombres sobre las mujeres', y, por tanto, que se habla de
JLM> hombres.

Efectivamente, en el inicio se habla de eso. Pero no es un precepto
general que pueda ser de aplicación a todos y cada uno de los
artículos; de lo contrario la ley no podría hablar de agresiones a
menores, ancianos, etc.

Ya he dicho algo que has obviado: los apartados anteriores y
posteriores al que ahora discutimos se refieren, en los mismos
términos ("el autor"), a la violencia ejercida sobre niños y personas
desvalidas. Según tu interpretación, lo que se establece sólo afecta
cuando el autor del hecho es un varón, y no cuando es una mujer. Me
temo que no tienes razón, y que se pena de la misma forma la agresión
a un anciano o anciana sin que el hecho de que el agresor sea hombre o
mujer (y ahí tienes otro caso en que "el agresor" se refiere a
cualquier sexo) tenga relevancia alguna.

Y no te estoy hablando de un lugar lejano en el texto: te hablo del
apartado siguiente dentro del mismo artículo, en el cual se emplea
también la expresión "el autor" independientemente del sexo, sin que
se refiera a un autor varón.

JLM> Sí admito, en todo caso, que un juez, a la luz de la ley que reforma el
JLM> matrimonio civil, podría incluir en esa agravante a la esposa o pareja
JLM> mujer de otra mujer, pero no lo sé.

Joder. Pues de eso se trataba, de que cabe esa posibilidad. Y si cabe
esa posibilidad, queda claro que no se trata de medidas contra el
varón, sino de medidas de protección a la mujer.

Saludos

JM