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Re: [escepticos] valor del sexo
El 24 may 2006, a las 9:15, Francisco Colomer escribió:
El Martes 23 Mayo 2006 17:01, Yamato escribió:
Y no sé de qué va el caso restante en el que se imputa a un hombre
y una
mujer, pero suponiendo que se tratase de una agresión mutua, por
ejemplo, no deja de ser como mínimo chocante que el hombre sea
castigado
con una pena notablemente más grave que la de la mujer. La pena será
similar sólo en caso de que el hecho cometido por la mujer sea
mucho más
grave que el cometido por el varón; por ejemplo, la agresión física
cometida por la mujer contra el varón se castiga con la misma pena
que
las amenazas leves cometidas por el varón contra la mujer.
A mi me parece que el quid de la nueva ley está reconocer que la
violencia
doméstica tiene un carácter especial y sus circunstancias no están
bien
recogidas en el código penal. Son actos cometidos en la intimidad
del hogar,
fundamentalmente por varones, muy pocas veces denunciados,
mantenidos durante
mucho tiempo, quizás leves en ocasiones (pero es leve una bofetada
o un
grito?) pero que demasiadas veces terminan en agresiones graves e
incluso la
muerte de la mujer.
No es así Francisco:
La tal ley no entra a penalizar la violencia doméstica, que es la
realizada en la intimidad del hogar e incluye (como víctimas y como
perpetradores) a varones, mujeres, abuelos, hijos, padres, amantes,
etc, sino que utiliza el concepto de género hasta en su
denominación. Y además lo hace deliberadamente (la RAE se opuso
formalmente y no la hicieron caso).
Violencia de Género (ONU, Conferencia de Pekin... no me hagáis
buscar el link ahora) se define como la sufrida por una mujer POR su
condición de mujer.
Según esa concepción la mujer solo puede ser víctima porque la tal
violencia sirve para la perpetuación de roles de dominación entre
géneros en una estructura llamada patriarcado.
Es, por eso, una ley que solo penaliza hombres heterosexuales y
exclusivamente protege mujeres si son agredidas por varones (¿quién
protege a las mujeres de sus mujeres, a los hombres de sus maridos, a
los padres de sus hijos, a los hijos de sus padres?: no esta ley
integral).
Sin embargo, es habitual en la prensa la confusión entre ambos
términos ("la nosecuantosava víctima de la violencia género ha
aparecido hoy....") y la atribución de causa es inmediata al
"machismo criminal", sin entrar a considerar los acreditados viejos
móviles de avaricia (herencias), celos, psicosis en fase aguda,
toxicomanías, etc.
Y no solo en la prensa: antes de saber NADA de las circunstancias de
muchos asesinatos de mujeres, podemos leer convocatorias políticas de
diferentes grupos políticos o de distintas organizaciones llamando a
movilizarse en repulsa de la violencia de género. No las verás sin
embargo cuando la víctima sea un varón.
En la práctica, tal atribución gratuita de causa implica un
empobrecimiento del conocimiento de las causas reales de la violencia
lo que compromete seriamente las posibilidades de prevención.
E implica, además, que en el caso que coloca Yamato arriba la pena
sea mayor para uno que para otro por exclusiva razón de sexo.
En este último aspecto, hay que tener en cuenta que la jurisprudencia
española se tiene en cuenta "la especial credibilidad de la
víctima" (Otra joya de protección de derechos humanos), que, aparte
de dar la condición de víctima antes de juicio (imagínate una
denuncia por "violencia psíquica") conlleva una gravísima degradación
de la presunción de inocencia. Creo que Yamato lo diria mejor que yo.
Yo no comprendo eso de que "la maté porque era mia", pero
evidentemente,
algunos sí. Habeis visto la película "te doy mis ojos"? Ale, al
videoclub.
Por eso, me parece necesaria cierta discriminación positiva. No
tanto en las
penas al asesino de su mujer (que a la pobre ya poco le vale) sino
en el tema
de la PREVENCIÓN. Por eso está bien que se aumente la pena a un
varón por una
amenaza leve, hasta alcanzar la equivalente que ambos tenían por
una agresión
física.
Ya, pero aún aceptando que todas las mujeres muertas por sus
parejas o exparejas (así se expresa el CGPJ en las estadísticas que
nombras), cosa como he dicho arriba mas que dudosa, nos encontramos
disparando con un cañón a un mosquito:
Con menos de 100 muertos al año, mas o menos los que hay en un solo
puente por el tráfico hemos: diseñado un derecho de autor y
desvirtuado la presunción de inocencia.
Mas barato que en el "todo a 100"
Y, como puse en otra carta, la adopción de políticas de género NO ha
servido para prevenir nada en otros países. Ha empeorado al menos lo
fácilmente medible: las muertes.
En España tampoco (CGPJ dixit), pero el poco tiempo en vigor de la
ley no creo que autorice a sacar conclusiones.
Porque se reconoce que cuando un varón amenaza, demasiadas veces es
sólo la
punta del iceberg.
Hablando de Iceberg, para Iceberg el de la violencia contra el varón
o contra los menores.
Dejaré estos últimos porque ya aporté unos buenos links en otro
mensaje, pero no me resisto a hablar algo de la violencia de pareja
contra los hombres:
En España, las estadísticas al respecto son lastimosas (el Reina
Sofía se dedica a hablar de femicidios), pero tenemos muchas y muy
buenas de países de nuestro entorno cultural, para no cargar, solo un
par de links:
Título: Intimate Partner Abuse Against Men
Autor: National Clearinghouse on Family Violence
Governmet of Canadá:
Link: http://www.phac-aspc.gc.ca/ncfv-cnivf/familyviolence/pdfs/
Intimate_Partner.pdf
Resumen:
Partiendo de los datos del "general Social Survey de 1999 (GSS,
GSS, Stantistics Canada de 1999), en donde se preguntó a los
participantes (11,607 de hombres, mayores de 15 años). Siguiendo la
metodología CTS (Conflict Tactic Scale), se obtuvo:
"it reported that of those men who had a current or former partner
during the previos five year period, 7% experienced some type of
spousal abuse on at least one ocassión, compared with 8% of their
female counterparts"
Título: Psychological Effetcs of Partner Abuse Against Men: A
Neglected Research Area
Autores: Denise A. Hines and Kathleen Malley-Morrison
Boston University
Link: http://www.fact.on.ca/Info/dom/hines01.htm
Conclusión:
Repasa desde 1970 los estudios de violencia de pareja, incidiendo
especialmente en los efectos del abuso de pareja sobre el hombre.
"Researchers know that abused men tend to suffer injuries,
depressión, and psychosomatic symptoms in response to their
victimization"
Y cual es la pena? De seis a un año de prisión o trabajos para la
comunidad
(que no implica cárcel si es la primera vez), medidas de
alejamiento, etc.
Véase el capítulo IV, "Medidas judiciales de protección y de
seguridad de las
víctimas". Puede que sea duro, pero lo que se pretende es que al
varón "ni se
le ocurra amenazar". Y eso lo veo muy muy bien.
Luego la ley tiene su "puerta de atrás": "No obstante lo previsto
en los
párrafos anteriores, el Juez oTribunal, razonándolo en sentencia,
en atención
a las circunstancias personales del autor y a las concurrentes en la
realización del hecho, podrá imponer la pena inferior en grado."
Asi que el
varón tiene oportunidad de presentar alegaciones, y el juez tiene
potestad
para estimarlas.
Saludos,
Paco
PD: muy interesantes las ideas sobre los "delitos de autor", aunque
aqui no
tratamos del top-manta sino de muerte y familias destrozadas.