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Re: [escepticos] Re: valor del sexo
Hello Jose-Luis,
Friday, May 26, 2006, 1:00:55 AM, you wrote:
JLM> El Viernes, 26 may, 2006, a las 00:43 Europe/Madrid, jmbello escribió:
>> (...) Aparte de eso, queda muy clarito en el articulado, que siempre se
>> refiere al daño recibido por la mujer, no al daño causado por un
>> varón.
JLM> Lo que queda claro es que se refiere al daño recibido por una mujer a
JLM> manos de un varón (sobre eso véase el otro mensaje).
¿Seguro? Dice la ley, en concreto:
"4.º Si la víctima fuere o hubiere sido esposa, o
mujer que estuviere o hubiere estado ligada al autor
por una análoga relación de afectividad, aun sin
convivencia."
Para mí que la pareja homosexual de una señora es perfectamente
asimilable a "que estuviera o hubiere estado ligada al autor por una
análoga relación de afectividad".
Se puede alegar, como hizo Yamato, que "el autor" se refiere a un
varón. Pero en ese caso, hemos de aplicar lo mismo al siguiente
apartado:
"5.º Si la víctima fuera una persona especialmente
vulnerable que conviva con el autor."
¿Estás seguro que una señora que agreda a esa persona especialmente
vulnerable con la que convive no está incluída en el precepto? Yo no
lo estoy tanto, desde luego. Más bien estoy casi convencido de lo
contrario.
JLM> Vaya, mi visión es la otra, pero también parto de que existe una
JLM> relación discriminatoria que es necesario suprimir. Lo que no creo es
JLM> que sea necesario introducir una discriminación en razón de sexo para
JLM> conseguir ese objetivo.
Por supuesto que no es necesario. Pero al parlamento le ha parecido
oportuno, y a mí me parece bien.
JLM> En vez de hablar de esposa, etc., bastaba con
JLM> agravar las penas los agresores "domésticos" (sean del sexo que sean),
JLM> que la pura realidad se encargará de recordarnos que son hombres en la
JLM> inmensa mayoría de los casos.
Eso ya lo teníamos. Para ese viaje no hacían falta alforjas.
Saludos
JM