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[escepticos] Piratería y LPI (era Dan Brown ataca de nuevo)



Holinas, Jose,


> - piratería de software, peliculas y música (que guays soy que me lo bajo tooo
> de la mula)
> 
> ----------------------------
> 
> copia de seguridad. Piratería es la venta con ánimo de lucro de esos productos, no ayudéis
> a que nos cuelen la moto y tengan a todo un país engañado (por cierto, lo del canon en los
> soportes vírgenes sí que es piratería).

Ok. Eso es completamente es cierto. La distribución en las redes P2P
de contenidos con propiedad intelectual no se le puede llamar
piratería al no haber comercio. Pero no deja de ser ilegal, ya que es
una difusión en toda regla de dicho material.

[A partir de ahora escribe el jurista de la oficina, que hoy lo tengo
aquí al lado ;) ]

En concreto, la distribución en las redes P2P (en la práctica, lo que
vulgarmente llamamos "compartir") implica una comunicación pública de
ese material (según lo expuesto en el Art. 20 de la LPI, especialmente
en el párrafo 1 y en el apartado f) del párrafo 2 ), derecho reservado
exclusivamente al autor (Art. 17).


[Vuelvo a ser yo ahora]

Así que remitiéndonos al párrafo anterior de Francisco, a mi (poco)
juicio, bastaría con cambiar el término "piratería" por "comunicación
pública" para que siga siendo válido.

A título personal te diré que, aunque no comparto el mal uso de las
redes P2P, también me parece aberrante la implantación del canon ya
que pienso que manda a tomar por saco la presunción de inocencia del
consumidor.


Saludetes.
jam