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Re: [escepticos] valor del sexo



Fernando Martinez escribió:

Estoy con tu tesis que, creo, se ve reforzada con los datos que añado:

El 23 may 2006, a las 13:34, pik escribió:

Hola;

Lo que es injusto no es la ley en sí, que me parece proporcional al
daño teniendo en cuenta las circunstancias agravantes en las que se
da, lo que es injusto es que sólo se aplique en el caso en el que sea
el varón el que agreda a una mujer.


En mi opinión si se podrían considerar agravantes de penas situaciones de abuso de superioridad.
(...)


Insisto: <http://www.noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l1t1.html#c4>**

"Artículo 22:
Son circunstancias agravantes:
(...)
2- Ejecutar el hecho mediante disfraz, *con abuso de superioridad* o aprovechando las circunstancias de lugar, tiempo o auxilio de otras personas que debiliten la defensa del ofendido o faciliten la impunidad del delincuente."

El problema es que eso ya existe. De hecho existe al menos desde el Código Penal de Primo de Rivera...

Saludetes.


--
  Fernando L. Frías Sánchez
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