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Re: [escepticos] Referéndum contra el Estatut



El dom, 29-01-2006 a las 11:10 +0100, Akin escribió:
> ¿Entonces, si lo entiendo bien, no se les debe llamar 'nación', ni
> dejárselo poner en el estatut, porque a lo mejor luego quieren
> independencia o cualquier otra cosa?
> 
> Por un lado, es un argumento lateral, no lingüístico, yo creí que se
> era o no nación si se ajustaba al significado del término que
> establece la RAE. No porque fuese o no peligroso otorgárselo.
> 

insisto: la discusión no es lexicográfica. Es muy ingenuo abordarla en
esos términos, como sabe cualquier que haya seguido el nacionalismo
catalán en las últimas tres décadas. Se introduce ese término porque se
espera obtener privilegios futuros de ello (también del concepto de
"derechos históricos" y del "deber" de conocer el catalán, ambos
presentes en el texto acordado con zapatero). Pero, si prefieres
mantenerla en esos términos, ten en cuenta que el Estatut no se redacta
en castellano, sino en catalán (aunque luego se traduzca) y que la
referencia del término nación que tienen sus redactores no es por
supuesto la que establece la RAE sino la del IEC (el equivalente
normativo catalán), y que así define "nación" su diccionario (el DIEC):

nació f. Conjunt de persones que tenen una comunitat d'història, de
costums, d'institucions, d'estructura econòmica, de cultura i sovint de
llengua, un sentit d'homogeneïtat i de diferència respecte a la resta de
comunitats humanes, i una voluntat d'organització i de participació en
un projecte polític que pretén arribar a l'autogovern i a la
independència política. 

que traducido literalmente significa: "Conjunto de personas que tienen
una comunidad de historia, de costumbres, de instituciones, de
estructura económica, de cultura y a menudo de lengua, un sentido de
homogeneidad y de diferencia respecto al resto de comunidades humanas, y
una voluntad de organización y de participación en un proyecto político
**que pretende llegar al autogobierno y a la independencia
política**." (subrayado mío)

Repito: esta singular definición es del DIEC, que es equivalente a la
función normativa que ejerce el DRAE entre los castellanohablantes:

http://pdl.iec.es/entrada/fitxa_DIEC.asp?MOCODI=11593&Page=diec

Fijaos además que es una definición completamente "ad hoc" y absurda: si
solo son naciones aquellos territorios que "pretenden llegar a la
independencia política" se colige que aquellos que ya son independientes
(como por ejemplo Portugal o Alemania o Eslovenia o Argentina) no son
"naciones". Tampoco serían naciones aquellos territorios que no quieren
ser independientes, pese a compartir el resto de los rasgos descritos
(pongamos por caso Gales u Occitania o Galicia o la misma Cataluña,
donde por el momento los independentistas son minoría). 

> Y por otro, creo que dará exactamente igual que tengan o no 'nación'
> en el estatut, sus reivindicaciones no van a cambiar por usar una u
> otra palabra.
> 

eso es cierto. En mi opinión, lo que se debería negociar mediante un
gran pacto de estado es el establecimiento de los límites autonómicos, y
en lugar de blindar las competencias autonómicas, como se quiere hacer
con el estatut, blindar las competencias del Estado. Es decir, como
cualquier otro estado descentralizado, fijar definitivamente las reglas
de juego y no dejar el asunto permanentemente abierto para que cada
veinte años suframos la misma letanía por parte de los nacionalistas.
Por supuesto, esto es solo una opinión política.

saludos,

miquel